Responsabilidad Civil en Montaña.



-Bueno Javi, pues nada, te dejo y ya quedaremos para echar una cerveza, ¿no?
-O dos.
-Vale, muy bien, ya nos tomaremos dos cervezas a partir del martes o así. Mañana no puedo, voy a una charla.
-¿A una charla? ¿Y de qué trata, si se puede saber?
-Trata sobre Responsabilidad Civil en Actividades en Montaña, y la da un jurista muy bueno, un tal José María Nasarre. Es autor de algunos libros sobre el tema...
-Oye, si vas tienes que escribir algo en tu blog al respecto.
-¿Sobre Responsabilidad Civil?
-Si, es un tema muy interesante.
-...vale, vale, a lo mejor me atrevo y le doy un "pegue" al asunto.
-Hazlo, ¡que se te da bien escribir y fomentar el pensamiento crítico!
-Lo intentaré Javi, lo intentaré.

José María Nasarre.
(Blog Librería Patagonia)
El tema de QUIÉN es el que asume la Responsabilidad en Actividades deportivas en el Medio Natural, y hasta DÓNDE, es una cuestión de rigurosa actualidad porque recientemente han sido portada de nuestros medios de comunicación dos accidentes en montaña, donde han sido imputados sus organizadores. En el accidente de la Sierra de Gredos del mes de Abril, donde el mal tiempo provocó la muerte de una mujer y el rescate "in extremis" de otro montañero, el juez que lleva el caso imputó por vía penal al responsable de la salida montañera del club Alpino Bilbao, un guía "benévolo" (sin cualificación profesional, no cobran por ello), tras las investigaciones practicadas por la Guardia Civil. Y el segundo caso es el accidente sufrido en la Gran Diagonal del Balaitous del mes de Julio, donde una mujer de 30 años y su supuesto guía de montaña se precipitaban por un nevero de 60 metros y resultaban gravemente heridos. La gravedad de este accidente radica en el hecho de que el supuesto guía de montaña no lo era, en realidad era de media montaña, y en el hecho de que careciera de seguro de accidente.. El hombre está imputado por presuntos delitos de intrusismo profesional, de lesiones y de publicidad engañosa (ofertaba un programa de actividades llamado "Tresmiles en el día"), además se le imputan una falta contra el orden público, y otra de estafa.

En el desastre de Gredos hubo una fallecida y otro varón resultó gravemente herido.
(El País Digital)
José María Nasarre ofreció esta semana una interesante charla sobre "Responsabilidad Civil en la Montaña", en la Biblioteca del barrio pamplonica de la Chantrea dentro de los actos programados en la semana de montaña del "Txantrea Mendi Taldea", y a ella acudimos varias docenas de personas. El jurista resolvió muchas de las dudas y obviamente, instaló el miedo en el cuerpo de algunos. Lógicamente los tiempos cambian y hay que amoldarse al nuevo marco jurídico que se está presentando en el ámbito de la montaña, y actuar como la ley indica. " Desde hace ya un tiempo, la Guardia Civil no se limita únicamente a rescatar, sino que también investiga las causas del accidente, investiga seguros y titulaciones. Y todo ésto se va a intensificar." En otras palabras, esa idea romántica de que en el monte cada uno es responsable de sí mismo no tiene validez alguna en cuanto alguien "toma o asume la dirección de la actividad", porque las leyes y normas referentes a la Responsabilidad Penal o Civil se aplican en toda nuestra geografía, y en aquellos lugares de difícil acceso o de alta montaña, ya están los miembros del GREIM para realizar sus correspondientes atestados.

Biblioteca de la Chantrea y preocupación entre algunos guías benévolos que acudieron a la charla.
Personalmente, es mi opinión personal, pienso que el mundo de la montaña no puede ser un lugar donde, en cuanto hay un problema, allá cada uno cómo se las arregle. La sociedad debe tomar cartas en el asunto y exigir Responsabilidades, y exigir que las cosas se hagan bien, entre otras cosas. Si en cuanto se forma un "marrón" cada miembro de una actividad hace "lo que le salga", no fomentaremos valores propios del montañismo como son ayudarse unos a otros o colaborar en un rescate. ¿Esto significa que le queda poco tiempo de vida a la "Parada del hijoputa" en las salidas montañeras de clubes? ¿Si hay normas que todos cumplimos en una calle urbana, en la carretera o en el Pipican del parque más cercano, porqué no vamos a aplicarlas en la montaña en actividades organizadas o de negocio?

                     En el famoso caso de Gredos y del guía benévolo imputado, hay que decir que las cosas no están todavía claras. A la espera de la sentencia que dilucide el asunto, es importante conocer hasta dónde llegaban las responsabilidades del guía. ¿Era responsable de guiar al grupo a la cima del pico? ¿O era responsable únicamente de la gestión del autobús que les acercó a la sierra y del albergue u hotel donde dormían? Hay muchas preguntas en el aire, y mucha información que no conocemos (solo la conoce la Guardia Civil que hizo el atestado, y el juez). Además, como el mundo de la justicia es complejo e impredecible, por no hablar de las sentencias contradictorias y un largo etcétera, Nasarre nos hablará más en base a sentencias que en base a una normativa específica clara. "En todo este asunto hay  ausencia de baremos, no se conoce con exactitud la cuantía de la Responsabilidad, todo se resume al buen hacer del abogado y en todo lo que puede rascar a quien dirigiendo la actividad, no fue lo suficientemente diligente para evitar el desastre. Por eso os doy información de sentencias"

                    Y sentencias en el ámbito de la montaña las hay y muchas. Pocos deportes tienen tantas. "No hay muchos accidentes y no muchos accidentes terminan en juicio. Sin embargo, cuando hay menores de por medio, en un campamento o en una salida a la montaña, la estadística se dispara, porque los padres persiguen con ahínco a los monitores. Un 75-80% de las sentencias acerca de Responsabilidad Civil en la naturaleza, corresponden a accidentes con niños." 

                     Pero, ¿y qué narices es eso de la Responsabilidad? ¿Y las obligaciones que nacen de culpa o negligencia? Según el Código Civil, el responsable de un accidente es aquel que por acción u omisión causa daño a otro, interviniendo culpa o negligencia. Y por ello, está obligado a reparar el daño causado. Así de simple, y ojo, son artículos de un Código Civil en vigencia desde 1902... No se trata de algo nuevo. Ante un accidente, si quien hace el atestado entiende que hay responsabilidad penal, el juez será quien solicite las pruebas, siendo un procedimiento menos costoso que el se origina de un caso de responsabilidad civil, donde el que demanda tiene que facilitar las pruebas. ¿Será por ésto, osea la cuestión económica, porque no hay más casos de Responsabilidad Civil? "Para que exista Responsabilidad Civil ha de haber un acto lícito, un daño, un nexo casual y un criterio de imputación. La más mínima negligencia te hace tener culpa. Ante una imputación tendrás que demostrar que actuaste con DILIGENCIA. Cuando alguien ha hecho todo lo que tenía que hacer, y aún así ha ocurrido el accidente, hablaremos de un caso de Diligencia Irreprochable. Y si es así, será absuelto"


                  En ocasiones puede repartirse la culpa. Ante un accidente puede que se reparta entre varios, por ejemplo entre la Administración (por no señalizar correctamente un peligro objetivo, por ejemplo), entre los monitores o guías de la actividad, entre los empresarios que eligieron a los monitores en caso de que trabajaran por cuenta ajena, incluso entre las víctimas si se demuestra que había conocimiento de la actividad que estaban realizando, y aceptación del Riesgo. De hecho, hay casos de jueces que ya reparten la culpa, como es el caso de la muerte de una niña en un campamento, donde los padres de la misma se llevaron el 90% de la culpa por no avisar de una patología previa de la niña, y los monitores se llevaron el 10% restante por tenerla en observación y no haberla llevado con premisa a un hospital.

Niños en un campamento en el Ibón de Acherito.
Otra situación que produce muchísima preocupación es el problema de Responsabilidad Civil que puede originarse de una actividad no organizada, y entre amigos. Porque sentencias al respecto las hay. "Existe un caso muy curioso donde un escalador llevó a dos de sus amigos a escalar, los cuales no tenían experiencia previa. Resultó que uno de los neófitos se accidentó en aquella actividad, y hubo sentencia a favor del accidentado. El juez entendió que la responsabilidad del accidente la tenía aquel que ASUMIÓ LA DIRECCIÓN DE LA ACTIVIDAD." Así que atentos, aunque algunos ya lo tengamos más o menos claro, porque, ¿qué haría mi suegro si en una salida de montaña se muere su hija, es decir mi chavala, porque ha entrado mal tiempo y me he pirado corriendo al confort del valle sin quedarme a su lado? Os lo digo en pocas palabras: Cogerá el mismo rifle con el que mató dos ciervas el año pasado, y me disparará entre ceja y ceja. Y con ésto no digo que mi suegro sea un mal tipo, que no lo es, es todo lo contrario, sino que entenderá que la responsabilidad de la muerte de su hija fue mía, sin necesidad de pruebas, sentencias ni barullos judiciales.

                 Para terminar, lo bueno de escuchar a José María Nasarre es que además de contar anécdotas y sentencias rocambolescas y muy reales, con buen gusto por el discurso informativo, será que nos dará a los oyentes varias recomendaciones de lo más interesantes. "Si vais a llevar a gente al monte haced lo siguiente: Uno. Tener seguro de Responsabilidad Civil, y que éste tenga cobertura suficiente. Dos. Haced que los clientes rellenen una ficha donde pongan sus datos y declaren estar informados de la actividad a realizar. Tres. En caso de menores acompañados de adultos, hacedles rellenar a estos últimos otra ficha donde reflejen que se hacen responsables del control de sus hijos. Y cuatro. Tomar todas las medidas de Prevención necesarias, desde revisar el material hasta describir con pelos y señales la ruta a realizar y los posibles escapes en caso de mal tiempo. Estas cuatro medidas no nos eximen de Responsabilidad, pero facilitan las pruebas a nuestro favor en caso de accidente."

Tomemos nota. Gracias José María.

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